Dt 1 Reglamento de Recaudación del THB
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»D.T. 1ª. Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia
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De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 62/2015, de 5 de mayo, de Administración Electrónica, las referencias que se contienen en el presente Reglamento a la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia deberán entenderse realizadas al servicio BizkaiBai al que se refieren los artículos 42 y siguientes del Reglamento de Gestión de los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por medio del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio, hasta el momento en el que los servicios telemáticos del Departamento de Hacienda y Finanzas se incorporen a la mencionada Sede electrónica.
