Dt 1 el que se regula el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León
- Norma derogada desde el 1 de abril de 2026. - DECRETO 5/2026, de 12 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad de Castilla y León.
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Régimen transitorio.
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Los certificados de eficiencia energética que en aplicación del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, hayan sido emitidos entre el uno de noviembre de 2007 y la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán ser inscritos en el Registro Público de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad de Castilla y León en un plazo no superior a un año, a contar desde dicha fecha de entrada en vigor.
