Dt 1 Segunda modificación de la Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal
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»D.T. 1ª. Acotamientos al pastoreo vigentes.
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La Administración del Principado de Asturias procederá de inmediato a dejar sin efecto los acotamientos al pastoreo vigentes, de lo que el Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
