Dt 1 Servicio de Teleasistencia
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»D.T. 1ª. Aplicación progresiva.
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La concesión del Servicio de Teleasistencia se adecuará al calendario de aplicación progresiva de la Ley previsto en la Disposición Final primera de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
