Dt 1 Servicios sociales de Asturias
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
Vigente
Hasta tanto se apruebe el mapa asturiano de servicios sociales, la organización administrativa de los servicios sociales será la establecida en la Ley del Principado de Asturias 5/1987, de 11 de abril, de servicios sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2003 en vigor desde 09-03-2003