Dt 1 Solución de los litigios deportivos

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D.T. 1ª. Régimen transitorio de las normas de organización y funcionamiento del Tribunal.

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Hasta tanto no se apruebe la orden prevista en el artículo 95, el Tribunal se regirá por este decreto y, en todo aquello que no lo contradiga, por lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior del Comité Andaluz de Disciplina Deportiva, publicado mediante Orden de 6 de marzo de 2000, con la asistencia de su Oficina.