Dt 1 TR. de la Ley del Patrimonio de Euskadi
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»D.T. 1ª.- Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre.
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Los expedientes iniciados y no finalizados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre del Patrimonio de Euskadi se regirán por la normativa anterior.
