Dt 11 General de Telecomu...-Derogada-

Dt 11 General de Telecomunicaciones 1998 -Derogada-

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNDÉCIMA. Ejercicio de la potestad sancionadora por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

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Hasta la entrada en vigor del Reglamento de régimen sancionador al que se refiere el artículo 85.2 de esta Ley, la potestad sancionadora que corresponde a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones se ejercerá de acuerdo con la normativa que, con carácter general, rige el ejercicio, por la Administración General del Estado, de la referida potestad.