Dt 11 normativa reguladora del IVA

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D.T. 11ª. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección

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Los sujetos pasivos revendedores de bienes usados o de bienes muebles, a que se refiere el artículo 136.Uno.5º de esta Norma, podrán aplicar el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección a las entregas de objetos de arte, adquiridos a empresarios o profesionales, distintos de los revendedores a que se refiere el artículo 136 de la Norma, cuando a dicha adquisición hubiera sido de aplicación un tipo reducido del Impuesto.