Dt 11 Reglamento del Impu...or Añadido

Dt 11 Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido

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D.T. 11ª. Renuncia extraordinaria a la aplicación del régimen especial del grupo de entidades.

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Las entidades acogidas al régimen especial del grupo de entidades regulado en el capítulo IX del título VIII de la Ley Foral del Impuesto podrán renunciar a la aplicación de este régimen especial con efectos de 1 de enero de 2018.

La renuncia se presentará por la entidad dominante hasta el 15 de enero de 2018 y habrá de referirse a la totalidad de las entidades del grupo que apliquen el régimen especial.

NOTA: La modificación introducida por DECRETO FORAL 114/2017 será de aplicación a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2017.

Modificaciones