Dt 12 normativa reguladora del IVA
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D.T. 12ª. Devengo en las entregas de determinados medios de transporte.

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El devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido en las entregas de medios de transporte, cuya primera matriculación se hubiese efectuado antes del 1 de enero de 1993 y hubiese estado sujeta al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte a partir de dicha fecha, se producirá el día 31 de diciembre de 1992 cuando la puesta a disposición correspondiente a dichas entregas tuviese lugar a partir del 1 de enero de 1993.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-1993 en vigor desde 29-01-1993