D.T. 12ª. Actualización del canon de control de vertidos conforme al Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
- Se modifica el título del reglamento, que queda redactado como sigue: «Reglamento del Dominio Público Hidráulico». - Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Publico Hidraulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administracion Publica del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relacion de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estandares para la declaracion de suelos contaminados.
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Atendiendo a la modificación del valor máximo del coeficiente de mayoración del precio básico del canon de control de vertidos de 4 a 5 realizada en el artículo 113 del TRLA, los valores para el factor correspondiente al grado de contaminación del vertido incluidos en la letra A) del anexo IV del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, se aplicarán por primera vez para el canon de control de vertidos que se devengue el 31 de diciembre de 2025. Hasta esta fecha serán de aplicación los factores vigentes antes de la entrada en vigor del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 12ª (se añade)) por Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril; el Reglamento de la Administración Pública del Agua, aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio; y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
(BOE de 31-08-2023) en vigor desde 20-09-2023
