Dt 13 Función pública
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DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOTERCERA.

Vigente

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El Gobierno Vasco podrá aprobar, con carácter excepcional y por una sola vez, dentro del año en el que tenga lugar la entrada en vigor de la Ley, una oferta extraordinaria de empleo público para la Administración de la Comunidad Autónoma, y proceder a la inmediata convocatoria de las plazas comprometidas en la misma. En las referidas convocatorias, conforme a lo establecido en el artículo 55, se posibilitará la promoción interna de los funcionarios a que se refiere la Disposición Transitoria Segunda, mediante la correspondiente reserva de plazas, siempre que reúnan los requisitos de titulación exigidos para ello.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-1989 en vigor desde 29-07-1989