Dt 16 RD. 1060/2015, de 20 de noviembre, Ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
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»D.T. 16ª. Distribución de dividendos o derramas.
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Las entidades autorizadas para aplicar las medidas transitorias sobre los tipos de interés sin riesgo o sobre las provisiones técnicas no podrán, salvo autorización previa, repartir dividendos o derramas, cuando sin la aplicación de las citadas medidas presentasen un déficit de capital de solvencia obligatorio o de capital mínimo obligatorio, o pudieran llegar a presentarlo como consecuencia de la distribución de dividendos o derramas.

