Dt 18 Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.T. 18ª. Régimen aplicable a los recursos pendientes a la entrada en vigor de la presente Ley.
Vigente
El régimen previsto en esta Ley para el recurso gubernativo será de aplicación a los recursos interpuestos con posterioridad a su entrada en vigor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002