Dt 2 Agrupaciones de Secr...dos de Paz

Dt 2 Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz

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D.T. 2ª. Colaboración del personal integrado en Agrupaciones.

Derogado

Mientras los Ayuntamientos no revoquen, o el Ministerio de Justicia o, en su caso, el órgano competente de la Comunidad Autónoma dejen sin efecto la aprobación de las designaciones de personal idóneo para el desempeño de Secretarías de Juzgados de Paz, efectuadas de conformidad con el artículo 50.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, el personal integrado en las Agrupaciones de Secretarías deberá colaborar en las funciones propias de las mismas.