Dt 2 Aguas de Euskadi

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D.T. 2ª.

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Hasta que se apruebe la planificación hidrológica, la participación porcentual del Gobierno en la financiación de cada tipo de actuación en infraestructuras hidráulicas será, de forma ordinaria, la siguiente:

a) Obras de interés general: 100%.

b) Obras de mejora de la eficiencia de los regadíos existentes y de los nuevos regadíos: hasta el 80%.

c) Obras de saneamiento y abastecimiento en alta de ámbito supramunicipal, municipal o de los concejos: 50%.