Dt 2 Aguas de La Mancha
- Quedan suspendidos, en todos sus efectos, las disposiciones de los capítulos II y III del título V (arts. 43 a 87) de esta ley. - Ley 4/2022 de 22 de Abr C.A. La Mancha (Suspensión de la aplicación del canon medioambiental del agua)
- La Ley 1/2024, de 15 de marzo deroga la Ley 4/2022, de 22 de abril, por la que se había suspendido la aplicación del canon medioambiental del agua previsto en en esta ley (arts. 43 a 87). - Ley 1/2024 de 15 de Mar C.A. La Mancha (Medidas Administrativas y Creación de la Agencia de Transformación Digital)
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»D.T. 2ª. Canon de aducción.
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Se establece un período transitorio de 5 años a contar desde la entrada en vigor de esta ley para la aplicación del tipo de gravamen del canon de aducción establecido en el artículo 93. Durante el año de entrada en vigor de esta ley se aplicará el tipo aprobado para esa anualidad hasta el final del año natural. Durante los 4 años naturales siguientes, se aplicarán incrementos o decrementos, iguales de forma anual, a través de las leyes de presupuestos, para cada una de las tarifas hasta alcanzar el tipo fijado en esta ley en el quinto año.
