Dt 2 Autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales
- Norma que mantiene su vigencia por la derogación del Reglamento de Comunicación, Autorización y Acreditación Administrativas en el ámbito de los Servicios Sociales de Andalucía, y del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, aprobado por Decreto 187/2018, de 2 de octubre. - Decreto-ley 15/2020, de 9 de junio, por el que con caracter extraordinario y urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo asi como al ambito educativo y cultural ante la situacion generada por el coronavirus (COVID-19).
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»D.T. 2ª.
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Los Servicios y Centros existentes no inscritos pero que tuvieran presentada solicitud de autorización o inscripción en el Registro de Entidades y Centros con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Decreto, podrán obtener la autorización de funcionamiento siempre que reúnan los requisitos mínimos a que se refiere el artículo 6º de este Decreto, previa constatación del cumplimiento de las mismas por los órganos competentes. En caso contrario, estarán obligados a su adecuación a la normativa vigente en el plazo señalado en la disposición anterior.
