Dt 2 Ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral
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»D.T. 2ª. Régimen transitorio de las ayudas para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas o de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria reguladas en el Capítulo IV del presente Decreto.
Vigente
Las ayudas por los contratos celebrados para sustituir a personas que se han acogido a una excedencia o reducción de jornada por cuidado de hijos o de hijas o de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria, concedidas o que se encuentren en tramitación al amparo del Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, así como las ayudas solicitadas por periodos semestrales iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, se regirán por el citado Decreto 177/2010.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-10-2019 en vigor desde 01-11-2019