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Dt 2 -Banco de España- a establecimientos financieros de crédito, sobre liquidez, normas prudenciales y obligaciones de información

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D.T. 2ª. Introducción de la estructura de fuentes de financiación.

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1. El requerimiento de una estructura adecuada de fuentes de financiación y de vencimientos en los activos, pasivos y compromisos previsto en la sección 3.ª del capítulo 2 se implantará progresivamente, aplicando una serie de factores de adaptación.

Se calculará conforme a la siguiente fórmula:

Ratio de financiación estable neta = Financiación estable disponible / (Financiación estable requerida x FAt)

FA = factor de adaptación en cada período.

t = subíndice que va desde 1 hasta t e identifica el año en el que se ha de aplicar la ratio.

2. Los factores de adaptación son los siguientes:

Factor

Fecha de aplicación

FA1

0,4

Desde la entrada en vigor de la circular, conforme a la disposición final tercera.

FA2

0,5

Desde el 1 de enero de 2023.

FA3

0,75

Desde el 1 de enero de 2024.

FA4

1

Desde el 1 de enero de 2025.