Dt 2 Canon sobre el vertido y la incineración de residuos y Fondo de Prevención y Gestión de Residuos
- Con efectos desde el 1 de enero de 2023, la presente norma debe entenderse vigente en todo aquello que sea compatible con el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, aprobado por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados. Las referencias hechas al canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears deben entenderse hechas al impuesto estatal sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. - Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023
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»D.T. 2ª. Censo de sustitutos del contribuyente en el ejercicio de 2022
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A los efectos de su aplicación durante el ejercicio fiscal de 2022, en un plazo no superior a un mes desde la publicación del presente decreto, la Consejería de Medio Ambiente y Territorio comunicará a la Agencia Tributaria de las Illes Balears el listado de empresas que constan como operadoras de los vertederos o de las instalaciones de incineración en el Registro de Producción y Gestión de residuos de las Illes Balears, incluyendo los datos previstos en el artículo 11.2 de este decreto.
