Dt 2 Contratos públicos -Derogada-
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D.T. 2ª. Normas transitorias de publicidad.

Vigente

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La publicidad de los procedimientos inferiores al umbral comunitario, mientras no entre en funcionamiento el Portal de Contratación de Navarra, se ajustará a las siguientes normas:

1.º Los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 1.000.000 euros, IVA excluido, y los de suministro y asistencia cuyo valor estimado sea inferior a 100.000 euros, IVA excluido, serán objeto de publicación en medios de prensa diaria de Navarra.

2.º Los restantes contratos deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Igualmente, se publicarán en el BOLETIN OFICIAL de Navarra las adjudicaciones en los casos señalados en la presente Ley Foral.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006