Dt 2 Creación del Colegio... de Madrid

Dt 2 Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Madrid

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D.T. 2ª. Asamblea constituyente

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La Asamblea constituyente deberá:

a) Aprobar o censurar la actuación de la Comisión Gestora, nombrando, en éste último caso, nuevos miembros de la misma.

b) Aprobar o modificar los Estatutos provisionales del Colegio para elevarlos a definitivos con su aprobación, de acuerdo con las prescripciones recogidas en la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid.

c) Proceder a la elección de las personas que deberán ocupar los cargos correspondientes en los órganos de gobierno colegiales.