Dt 2 desarrolla el RD. 39/1997 -Reglamento de Servicios de Prevención-
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»D.T. 2ª. Adaptación de los servicios de prevención mancomunados.
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Los servicios de prevención mancomunados ya constituidos a la entrada en vigor de esta norma, deberán contar con las instalaciones y los recursos materiales y humanos a que se refiere el artículo 2 a partir del día 24 de marzo de 2011.
