Dt 2 desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social
desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social
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»D.T. 2ª. Trámite de los informes de control financiero.
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El procedimiento de trámite de los informes de control financiero establecido en los artículos 34 y siguientes del presente Real Decreto será de aplicación a aquellos controles que se inicien a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, manteniéndose para los anteriores la tramitación regulada en las respectivas normas que resulten de aplicación.
