Dt 2 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público
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»D.T. 2ª.
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En la incorporación de remanentes de créditos regulados en el artículo 50 se deberá tener en cuenta, en el año de su entrada en vigor, los cambios provocados por la nueva normativa de estructura presupuestaria.
