Dt 2 Estatuto de los Cons... de Murcia

Dt 2 Estatuto de los Consumidores y Usuarios de Murcia

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D.T. 2ª.

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Hasta que no se establezca reglamentariamente otra cosa, la actuación de la inspección de consumo, incluida la de carácter analítico, se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.