Dt 2 General Tributaria de Navarra
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»D.T. 2ª. Aplicación del interés legal del dinero.
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Lo dispuesto en los artículos 50.2.c) y 52.2 respecto del interés legal del dinero será de aplicación a los procedimientos y solicitudes que se inicien o se presenten a partir de la entrada en vigor de esta Ley Foral.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 2ª (se añade)) por LEY FORAL 22/2008, de 24 de diciembre, de modificacion de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 31-12-2008) en vigor desde 01-01-2009
