Dt 2 Gestión de estiércoles y procedimientos de acreditación y control
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»D.T. 2ª. Adaptación de las autorizaciones de gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano.
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En el plazo máximo de un año de la entrada en vigor de este Decreto, se adecuarán a lo dispuesto en el mismo las autorizaciones administrativas que así lo precisen, de entre las que seguidamente se relacionan:
a) Autorizaciones de gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano que incluyan la utilización de estiércoles como fertilizantes o enmiendas orgánicas entre las operaciones autorizadas.
b) Licencias ambientales de actividades clasificadas otorgadas para la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano que incluyan la utilización de estiércoles como fertilizantes o enmiendas orgánicas entre las operaciones autorizadas.
