Dt 2 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia
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»D.T. 2ª. Representación en Berdintasuna Taldea
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Hasta el momento de atribución de las competencias señaladas en la presente norma foral a las unidades descritas en la Sección III del Capítulo II del Título I de la presente norma foral dichas funciones corresponderán a las personas representantes de cada departamento en la comisión actual Berdintasuna Taldea regulada en el Decreto Foral 13/2008, de 12 de febrero, de regulación de la comisión interdepartamental para la igualdad de mujeres y hombres.
