Dt 2 Impuestos sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera, sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear
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»D.T. 2ª. Autoliquidación correspondiente al año 2014 del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria
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Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 19, los sujetos pasivos deben presentar e ingresar entre el 1 y el 20 de octubre de 2015 la autoliquidación correspondiente al ejercicio 2014 del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria.
