Dt 2 Medidas 2004 Tributarias, Administrativas y Financieras
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»D.T. 2ª. Adaptación a la tarifa G-5 Especial de la tasa por servicios portuarios.
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La adaptación a los nuevos importes de la tarifa G-5 Especial de la tasa por servicios portuarios establecida en el artículo 13 de la presente Ley, con las actualizaciones que procedan, se realizará de forma progresiva en incrementos anuales porcentualmente iguales, en un período de tres años desde la entrada en vigor de la misma.
