Dt 2 Modificación de diversas leyes de La Mancha para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los Servicios en el Mercado Interior
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»D.T. 2ª. Aplicación de la Ley a los prestadores de servicios autorizados o habilitados.
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Las disposiciones de la presente Ley por las que se sustituye el régimen de autorización administrativa previa por el de presentación de declaración responsable o comunicación previa para el acceso y ejercicio de las actividades de servicios, resultarán de aplicación a los prestadores autorizados o habilitados, debiéndose entender, a estos efectos, que la autorización o habilitación concedida sustituye a la declaración responsable o comunicación previa de forma automática.
