Dt 2 Modificación de la Ley del Ente Publico de Radiotelevisión de las I. Balears
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Los miembros del Consejo de Dirección, mientras no se haya definido el modelo de gestión, organización y funcionamiento del Ente Público, serán retribuidos con dietas que se fijarán reglamentariamente, respetando en cualquier caso los límites establecidos por la Ley de presupuestos de la comunidad autónoma y teniendo en cuenta los desplazamientos entre islas.
