Dt 2 Modificación urgente de la Ley 13/2007, de Ordenación del Transporte por Carretera
- Norma derogada desde el 9 de agosto de 2025. - LEY 4/2025, de 1 de agosto, de modificación urgente de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.
Ver Indice
»D.T. 2ª. Plazo para declarar los vehículos adscritos a las autorizaciones de transporte discrecional.
Derogado
Las personas titulares de autorizaciones y licencias de servicios de transporte discrecional de viajeros dispondrán del plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor de este Decreto ley, para declarar los vehículos que quedarán vinculados a dichas autorizaciones y licencias. Transcurrido dicho plazo, se notificará a la persona interesada para que pueda proceder a la subsanación en el plazo máximo de dos meses; al término del cual podrá iniciarse el procedimiento para la declaración de la caducidad del título habilitante.

