Dt 2 Se modifican la Circular 4/2004, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, y la Circular 1/2013, sobre la Central de Información de Riesgos
D.T. 2ª. Estados reservados individuales.
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1. El estado T.10, del anejo IV de la Circular 4/2004, correspondiente a 31 de diciembre de 2016 se deberá enviar al Banco de España con los importes calculados aplicando los criterios recogidos en el anejo IX antes de su sustitución por el que se incorpora en el anejo 1 de esta circular. El envío del estado T.10 correspondiente a 31 de diciembre de 2016 es complementario al envío del estado FI 131 correspondiente a dicha fecha, que se realizará con los importes calculados de acuerdo con los criterios recogidos en el nuevo anejo IX, introducido por el anejo 1 de la presente circular.
2. En los estados M.14.1 a M.14.4, del anejo IV de la Circular 4/2004, desde los correspondientes a 31 de octubre de 2016, las columnas «Del que: Subestándar» se sustituyen por «Del que: Normal en vigilancia especial».
3. En el estado S.3.1, del anejo IV de la Circular 4/2004, correspondiente a 31 de diciembre de 2016, el desglose de la línea 5.1 se sustituye por «Normal sin vigilancia especial», «Normal en vigilancia especial» y «Con incumplimientos/dudosos».
4. En el estado S.11, del anejo IV de la Circular 4/2004, correspondiente a 30 de junio de 2016, se sustituye la nota (b) por el siguiente texto:
«(b) Número de viviendas (tanto ocupadas como no ocupadas), procedentes de operaciones de la entidad, en las que esta, o cualquier entidad del grupo económico al que pertenezca, ha tomado posesión durante el año al que se refiere el estado, con independencia de la fecha de inicio de los procesos de ejecución. Se incluirán las entregadas tanto voluntariamente como por vía judicial. En esta línea no se incluirán aquellas viviendas en las que al ocupante se le haya reconocido el derecho a permanecer en la vivienda (por ejemplo, porque tuviese un contrato de alquiler previo).»
- Modificación realizada (D.T. 2ª.) por Corrección de errores de la Circular 4/2016, de 27 de abril, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, y la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos.
(BOE de 11-06-2016) en vigor desde 01-10-2016
