Dt 2 Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Cambio de titularidad o modificación sustancial de las autorizaciones administrativas en vigor.
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El cambio de titularidad o la modificación sustancial de los Centros de Servicios Sociales y Servicios de Acción Social a que se refieren las autorizaciones e inscripciones contempladas en el párrafo anterior, sólo se autorizará si se acredita el cumplimiento de la normativa en vigor en el momento en que tales cambios se vayan a producir.
