Dt 2 Ordenación de aparta... turístico

Dt 2 Ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico

Ver Indice
»

D.T. 2ª. Régimen transitorio de los expedientes

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los expedientes en curso en la fecha de entrada en vigor de este decreto se tramitarán y se resolverán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su iniciación.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el número anterior, en lo relativo a los órganos competentes para su tramitación se aplicará lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la Agencia Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos.