Dt 2 Ordenación y clasificación de apartamentos turísticos
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»D.T. 2ª. Adecuación de los establecimientos existentes a las prescripciones de este Decreto.
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Los apartamentos turísticos que, tras la entrada en vigor del presente Decreto, realicen obras de rehabilitación, reparación o modificación del establecimiento físico, que afecten sustancialmente a la estructura, dimensiones y/o superficie del mismo, deberán someterse a lo establecido en este Decreto.
