Dt 2 Presupuesto 2025 de Andalucía

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D.T. 2ª. Régimen transitorio de las retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia.

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Mientras no haya una relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia y se produzcan los procesos de adscripción y nombramiento del personal en los nuevos puestos de trabajo, a los que hace referencia la disposición transitoria única del Decreto 1/2014, de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía, a dicho personal le corresponderá el complemento provisional específico que haya percibido en el año 2024, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 y en la disposición adicional tercera de la presente ley.