Dt 2 Presupuestos 2007 Cantabria

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Gastos cofinanciables por Feader realizados antes de la adopción del programa de Desarrollo Rural.

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En caso de no estar aprobado por la Comisión Europea a 1 de enero de 2007 el Programa de Desarrollo Rural de Cantabria, podrán prefinanciarse de forma extrapresupuestaria las líneas existentes en el año 2006.

Cuando se apruebe el Programa se procederá a la cancelación del pago extrapresupuestario deudor con cargo al FEADER, conforme a lo dispuesto en el artículo 16.2 del Reglamento (CE) nº 883/2006 de la Comisión de 21 de junio de 2006.

Si no se aprobase alguna línea, los saldos deudores del concepto extrapresupuestario se cancelarán con cargo a los créditos de la Consejería donde se refleje el gasto presupuestario.