Dt 2 Protección de los animales en La Rioja -Derogada-
- Norma derogada desde el 8 de agosto de 2023. - Ley 10/2023 de 7 de Ago C.A. La Rioja (Derogación de la Ley 6/2018 -protección de animales-)
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»D.T. 2ª. Plazo de adaptación.
Vigente
Los establecimientos dedicados a la cría o venta de animales, así como las residencias, los centros de adiestramiento, centros de recogida de animales de compañía, perreras deportivas y demás instalaciones cuyo objeto sea mantener temporalmente a animales de compañía, que a la fecha de publicación de esta ley no reúnan los requisitos que en la misma se establecen dispondrán del plazo de dos años para adaptar sus instalaciones, a contar desde la publicación oficial de la misma.

