Dt 2 Reconocimiento de la condición de familia monoparental en C. Valenciana -Vigente-
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»D.T. 2ª. Modificación de categoría de los títulos en vigor
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A las familias monoparentales que tengan reconocida esta condición a la entrada en vigor de este o, que cuenten con un título de categoría general y dos personas descendientes en él, se procederá de oficio al cambio de categoría a especial.
En el resto de casos a los que con la aplicación de este decreto les corresponda la categoría especial y ahora mismo tienen la categoría general, la persona que encabeza la unidad familiar deberá tramitar la solicitud correspondiente para la modificación del título.
