Dt 2 Régimen jurídico de centros y servicios especializados para atención a personas mayores
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»D.T. 2ª. Lista de reserva.
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Las solicitudes para el ingreso en centros y servicios especializados de la red pública de Castilla-La Mancha, presentadas con anterioridad o al margen del SAAD y que en el momento de entrada en vigor de este Decreto hubieran sido incluidas en lista de reserva, podrán mantenerse con la puntuación concedida, siendo precedidas en todo caso por las personas que obtengan el reconocimiento necesario de su situación de dependencia. No obstante, previa petición de la persona interesada, podrán revisarse, siendo necesario en este caso solicitar y haber obtenido la valoración correspondiente de su situación de dependencia.
