Dt 2 Régimen jurídico de la Inspección Técnica de Vehículos
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»D.T. 2ª. Vigencia de las normas anteriores.
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Hasta que se materialice el desarrollo reglamentario de la presente ley, y en lo que no se oponga a lo establecido en la misma, permanecerán vigentes el Decreto 93/2007, de 8 de mayo, por el que se establece el régimen de autorización administrativa para la prestación del servicio de inspección técnica de vehículos en la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se aprueba el Reglamento de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, así como las normas que regulan el sector de la inspección técnica de vehículos en Canarias.
