Dt 2 Régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y Registro General de Productores y Gestores de Residuos
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.
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Las autorizaciones e inscripciones realizadas conforme al Decreto 298/2000, de 7 de diciembre, por el que se regula la autorización y la notificación de productor y gestor de residuos de Galicia y se crea el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia, deberán adecuarse a lo establecido en el presente Decreto en el plazo de 6 meses desde su entrada en vigor.
