Dt 2 Reglamento de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía
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»D.T. 2ª.
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En el primer proceso de provisión que se convoque en la Ertzaintza a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, la antigüedad se podrá valorar hasta un 60% de la puntuación máxima total alcanzable.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 2ª) por DECRETO 42/2001, de 6 de marzo, de modificación de la disposición transitoria segunda del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de los funcionarios de los Cuerpos de Policía del País Vasco.
(PV de 09-03-2001) en vigor desde 10-03-2001
