Dt 2 Se regula la tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con discapacidad que presentan movilidad reducida y se establecen las condiciones para su concesión
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»D.T. 2ª. Renovación de tarjetas de estacionamiento
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De acuerdo con los plazos establecidos para su renovación, las personas titulares de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida tienen derecho a su renovación y entrega de la nueva tarjeta, siempre que cumplan los requisitos contenidos en la presente disposición. En caso de renovación, la nueva tarjeta deberá cumplir las características previstas en este decreto y, en cuanto al número de tarjeta de estacionamiento, vendrá precedido por las siglas CV/__, TR/__ o PR/__, según determine el registro autonómico.
