Dt 2 Residuos y suelos contaminados de Galicia
D.T. 2ª. Adaptación al régimen de responsabilidad ampliada del sujeto productor
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
De conformidad con la disposición transitoria cuarta de la Ley 22/2011, de 28 de julio, los sistemas integrados de gestión de residuos existentes en el momento de la entrada en vigor de dicha ley se regirán por lo previsto en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, por las normas reguladoras de cada flujo de residuos, y por la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia. No obstante, esos sistemas se adaptarán a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, y en la presente ley, en el plazo de un año desde que entren en vigor las normas que adapten las citadas disposiciones reguladoras estatales. Este régimen también será de aplicación a aquellos sistemas de responsabilidad ampliada cuya comunicación o solicitud de autorización se haya presentado antes de la entrada en vigor de las normas de adaptación mencionadas.
